VISA TIPO V (VISITANTE)
Las visas de Visitante están destinadas a actividades de corta a mediana estancia en el país y no otorgan un estatus de residente temporal o definitivo. Algunas de ellas autorizan a trabajar en el país para una actividad específica y con una entidad o empresa específica. La visa V vacaciones y trabajo, por su naturaleza, concede permiso de trabajo abierto, sujeto al principio de reciprocidad.


VISA TIPO V RELIGIOSO
Para trabajar en el ejercicio del ministerio religioso o para ejercer como misionero de una entidad religiosa, debidamente reconocida por el Estado colombiano.
REQUISITOS
PASAPORTE
ORIGINAL VIGENTE CON ALMENOS 2 PAGINAS EN BLANCO Y 6 MESES DE VIGENCIA
CERTIFICADO
Certificado de reconocimiento y representación legal de la respectiva organización religiosa emitido por el Ministerio del Interior o por la Diócesis o Arquidiócesis competente.
CARTA FORMAL
Carta motivada del representante legal de la organización religiosa donde informe que el solicitante pertenece a su jerarquía, haga constar el tipo de vínculo o contrato de trabajo, propósito y actividades del extranjero previstas en Colombia y en la cual se responsabilice por la seguridad social y cubrimiento en salud del extranjero
EXTRACTOS BANCARIOS
La entidad u organización solicitante deberá acreditar solvencia económica mediante extractos bancarios con un promedio de cien (100) salarios mínimos legales vigentes correspondientes a los seis (6) meses previos a la solicitud.
seguro de salud
Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.
VIGENCIA: HASTA 2 (DOS) AÑOS.
BENEFICIARIOS: Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios.
RESTRICCIONES: El permiso de trabajo se restringe a la actividad registrada y autorizada en la visa. Tanto el extranjero, como el empleador o contratante, deberán cumplir con las normas laborales del Estado colombiano, con las normas específicas para el ejercicio de cada profesión u oficio y con las obligaciones respecto a reporte y registro establecidas en el Decreto 1067 de 2015, o norma que lo sustituya.
COSTOS


ESTUDIO DE VISA
55 USD






CEDULA DE EXTRANJERIA
50 USD
VISA
178 USD
SERVICIOS WENATION
USD