Es un tipo de visa para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”

VISA TIPO M (MIGRANTE)

VISA TIPO M pensionado

Para el extranjero que disponga de ingresos mensuales constantes derivados de pensión otorgada por un Estado o por un fondo privado de pensiones. Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente, después de transcurrido un tiempo mínimo de permanencia como titular, de 5 años.

REQUISITOS

PASAPORTE

ORIGINAL VIGENTE CON ALMENOS 2 PAGINAS EN BLANCO Y 6 MESES DE VIGENCIA

certificado de pensión

Certificación que reconozca el pago mensual de pensión vitalicia a favor del extranjero solicitante de la visa en monto no inferior a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes expedida por entidad competente debidamente apostillada y traducida; o por la misión diplomática o consular del país donde el extranjero obtuvo la pensión

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES

expedido por la autoridad del País Miembro de su nacionalidad o en los que hubiera residido el nacional andino peticionario durante los cinco años anteriores a su solicitud de visa, con las formalidades de apostilla o legalización, según la autoridad que emita o certifique, y traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma.

certificado de salud

Certificado médico expedido por la autoridad colombiana o por la autoridad médica de salud del país de origen, del que surja la aptitud psicofísica del peticionario

póliza de salud

Demostrar que cuenta con cubrimiento de salud en Colombia, o con póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.

nota

Las certificaciones o extractos bancarios podrán presentarse sin apostilla o legalización, y, sin traducción oficial al castellano cuando su contenido se encuentre consignado en alguno de los idiomas oficiales de la Organización de Estados Americanos (OEA) y pueda ser establecido claramente en todas sus partes por la Autoridad de Visas e Inmigración.

VIGENCIA: Esta visa tendrá una vigencia de hasta tres (3) años y no permite trabajar en territorio nacional. Está visa no le permitirá a su titular afiliarse al Sistema de Seguridad Social colombiano, salvo lo dispuesto en acuerdos bilaterales o multilaterales en la materia.
BENEFICIARIOS: Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios a los siguientes familiares siempre que sean dependientes económicos del titular principal de su visa: el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; o hijo(a) que presente alguna discapacidad física o mental.
restricciones: Esta visa no permite trabajar ni desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural en colombia
COSTOS
APLICACION DE VISA

55 USD

EXPEDICION DE VISA

271 USD

CEDULA DE EXTRANJERIA

50 USD

legalización carta de beneficios

275 USD

SERVICIOS WENATION

USD