Es un tipo de visa para el extranjero que desee ingresar o permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las condiciones para solicitar visa tipo “R”

VISA TIPO M (MIGRANTE)

VISA TIPO M COMPAÑERO PERMANENTE

Para extranjeros que tengan unión de hecho con ciudadanos colombianos.

REQUISITOS

PASAPORTE

ORIGINAL VIGENTE CON ALMENOS 2 PAGINAS EN BLANCO Y 6 MESES DE VIGENCIA

CEDULA DE CIUDADANIA

Copia DE LA CEDULA DEL CIUDADANO COLOMBIANO

Certificado de la unión marital de hecho

Copia auténtica de la escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación; o certificado de vigencia cuando corresponda, expedida con una antelación no mayor a (3) tres meses en donde se declara la existencia de la unión marital de hecho.

Carta solicitud

Carta suscrita por el compañero(a) permanente colombiano, en la cual solicite la visa para su compañero(a); manifieste que mantienen convivencia única, constante, perseverante y estable; y se comprometa a informar a la Autoridad de Visas e Inmigración cualquier cambio en las circunstancias de la convivencia. En la carta se debe adjuntar fotocopia simple de la cédula de ciudadanía colombiana e informar dirección de contacto, correo electrónico y teléfono de contacto de la pareja colombiana. La Autoridad de Visas e Inmigración podrá requerir pruebas adicionales que demuestren la existencia efectiva del vínculo o citar a entrevista presencial, virtual o telefónica, cuando lo estime necesario

poder notariado

Poder especial otorgado al extranjero para solicitar dicha visa con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano

MOVIMIENTOS MIGRATORIOS

Certificado de movimientos migratorios del extranjero expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y de su cónyuge colombiano.

VIGENCIA: HASTA 1 (uno) AÑO
PERMISO DE TRABAJO: Esta visa otorga autorización abierta para trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional. Tanto el extranjero, como el empleador o contratante, deberán cumplir con las normas laborales del Estado colombiano, con las normas específicas para el ejercicio de cada profesión u oficio y con las obligaciones respecto a reporte y registro establecidas en el Decreto 1067 de 2015, o norma que lo sustituya.
BENEFICIARIOS: Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios a los siguientes familiares siempre que sean dependientes económicos del titular principal de su visa: el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; o hijo(a) que presente alguna discapacidad física o mental.
COSTOS
APLICACION DE VISA

55 USD

CEDULA DE EXTRANJERIA

50 USD

certificado de movimientos migratorios

180 USD x 2

tasa de aprobación de visa

275 USD

unión marital de hecho

300 USD

SERVICIOS WENATION

USD